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Damiani

RESIDENCIA LEGAL DEFINITIVA EN LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN

Es el trámite que debe realizar un ciudadano extranjero con ánimo de residir en forma permanente en el país y que no sea nacional de estados miembros y asociados al Mercosur y no mantienen vínculos con uruguayos (padres, hermanos, cónyuges y concubinos reconocidos judicialmente) I) DOCUMENTOS NECESARIOS 1.- Documento de Identidad con el que ingresó al país. 2.- Una foto carné. 3.- Certificado de vacunas vigente expedido por un vacunatorio en Uruguay. 4.- Carné de salud expedido por los prestadores de salud públicos o privados habilitados por MSP. 5.- Certificado de antecedentes penales apostillados y traducidos (si corresponde) del paísde origen y del o los países donde residió los últimos cinco años (por un período igual o mayor a 6 meses). Será válido también, constancia del Consulado del país del cual requiere la información de antecedentes acreditado ante el Gobierno Uruguayo. 6.- Partida de nacimiento apostillada. 7.- Acreditación de medios de vida o justificación de ingresos. - Empleado de persona jurídica: El interesado tiene que acreditar la percepción de un ingreso mensual nominal, el cual deberá ser suficiente para su manutención. Dicha circunstancia podrá probarse mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:

a) Certificado notarial de ingresos donde conste remuneración mensual, cargo que ocupa y contralor jurídico de la empresa.

b) Historia laboral del BPS. - Empresario – Accionista (S.A, SRL, etc): Deberá justificar dicha calidad y el ingreso mensual que percibe por su actividad mediante certificado notarial incluyendo en el mismo el contralor completo de la empresa (personería jurídica hábil y vigente, plazo social, inscripción ante BPS y DGI, objeto o giro, domicilio fiscal y constituido, representación de la empresa y vigencia de dichos cargos, cumplimiento de la Ley 17.904.


- Rentista, jubilado o pensionista en el exterior: Deberá presentar certificado notarial donde conste dicha calidad, concepto de la rentas, monto mensual y como se percibe en Uruguay.


8. –Ánimo de permanencia: Será evaluado y los artículos 26 y 27 delCódigo Civil, serán el fundamento legal para analizar el mismo.

II) CÉDULA DE IDENTIDAD URUGUAYA

Cédula de identidad provisoria


El interesado puede (hasta tanto no sea declarado residente legal) tramitar su cédula de identidad uruguaya provisoria. Para ello necesita:


- Certificado expedido por la Dirección Nacional de Migración

- Testimonio de partida de nacimiento ya inscripta o partida de nacimiento apostillada.


Cédula de identidad definitiva (residente legal)


Una vez que el interesado es declarado residente legal, debe tramitar la cédula definitiva. Para ello necesita:


- Cédula uruguaya provisoria original.

- Certificado expedido por la Dirección Nacional de Migración.

- Testimonio de partida de nacimiento inscripta.

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