Declaraciones juradas de IRPF 2024 - Próximo vencimiento
- Cr. Mauricio Silva
- hace 14 minutos
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El plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2024 va entre el 07 de julio y el 28 de agosto de 2025.
El IRPF es un impuesto dual y grava las rentas (ganancias o ingresos) que obtengan los contribuyentes por su trabajo, así como también las rentas provenientes de capital, que obtengan las personas físicas residentes fiscales en el país.
En esta entrega nos enfocaremos en los rendimientos de capital mobiliario que obtengan las personas físicas residentes fiscales en nuestro país originados en depósitos, préstamos, y en general toda colocación de capital o crédito de cualquier naturaleza, en tanto tales rendimientos provengan de entidades no residentes en Uruguay. Dichos rendimientos se encuentran gravados por el IRPF a la tasa del 12%.
Tax holiday
Nuestra normativa vigente, como parte del mecanismo de promoción para que extranjeros puedan invertir y radicarse en nuestro país contempla una exoneración sobre los rendimientos de capital mobiliarios de fuente extranjera.
El periodo de la exoneración originalmente contemplaba 6 años. Es decir, las personas físicas gozaban de una exoneración, por el año en que obtiene la residencia fiscal y los 5 posteriores, respecto de sus rendimientos del exterior.
Esta exoneración alcanza a los rendimientos de capital mobiliario del exterior, aunque debemos mencionar que tanto los incrementos de capital en el exterior como los rendimientos de capital inmobiliario en el exterior no se encuentran gravados en nuestro país en las personas físicas.
Adicionalmente, a partir de la vigencia de la Ley Nº 19.904 de fecha 30 de setiembre de 2020, los beneficios fiscales se amplían para quienes hubieran adquirido la calidad de residentes fiscales a partir del año 2020. En estos casos se lo otorga una opción a los nuevos residentes:
exonerar el IRPF por los rendimientos del exterior por 11 años (el ejercicio en que se adquiere la residencia y los próximos 10 años).
obtener una reducción permanente en la tasa del impuesto para los rendimientos del exterior. La tasa general es el 12% y se plantea una reducción para que la tasa sea el 7% (reducción de 5%).
Consideramos importante comentar el alcance de la Ley Nº 19.937 de fecha 24 de diciembre de 2020, que establece la extensión del beneficio fiscal de 5 a 10 años para quienes hayan obtenido la residencia fiscal antes del año 2020.
Como requisito para la obtención de la extensión deberá acreditarse la adquisición de un inmueble por UI 3:500.000 (al tipo de cambio actual aprox. USD 545.000) a partir de la vigencia de la citada ley y la presencia efectiva en el país de al menos 60 días calendario.
Créditos otorgados por impuestos pagados en el exterior
Nuestra normativa admite que los contribuyentes de IRPF que hayan sido objeto de imposición en el exterior, por rendimientos de capital mobiliario provenientes de entidades no residentes podrán acreditar el impuesto a la renta análogo pagado en el exterior contra el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas que se genere respecto de la misma renta.
Saldo a pagar
En caso de surgir un saldo a pagar de IRPF como resultado de la liquidación fiscal establecido en la declaración jurada, los contribuyentes podrán efectuar el pago en hasta 5 cuotas iguales y consecutivas, venciendo la primera cuota el 29 de agosto de 2025 y la quinta cuota el 30 de diciembre de 2025.
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